| Información sobre la prescripción enfermera |
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En esta sección podrás encontrar toda la información relacionada con la Prescripción Enfermera: Artículos publicados en diarios nacionales, notas y comunicados de prensa emitidos por el CECOVA, así como acceso al foro de Prescripción Enfermera donde podrás expresar tu opinión, tus experiencias sobre este tema, etc.
La modificación de la ley que permite a las enfermeras actuar en el campo de la prescripción es una realidad desde que el Boletín Oficial del Estado publicara en su número 315 del pasado 31 de diciembre la Ley 28/2009 de modificación de la Ley 29/2006 de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, norma que regula la actuación de Enfermería en el ámbito de la prescripción. La publicación de esta ley se produjo después de que fuese aprobada por el pleno del Congreso del día 22 de diciembre, con 342 votos a favor y una abstención. La Ley modifica el apartado 1 del artículo 77, que queda como sigue: “...los enfermeros, de forma autónoma, podrán indicar, usar y autorizar la dispensación de todos aquellos medicamentos no sujetos a prescripción médica y los productos sanitarios, mediante la correspondiente orden de dispensación. El Gobierno regulará la indicación, uso y autorización de dispensación de determinados medicamentos sujetos a prescripción médica por los enfermeros, en el marco de los principios de la atención integral de salud y para la continuidad asistencial, mediante la aplicación de protocolos y guías de práctica clínica y asistencial, de elaboración conjunta, acordados con las organizaciones colegiales de médicos y enfermeros y validados por la Agencia de Calidad del Sistema Nacional de Salud. El Ministerio de Sanidad y Política Social con la participación de las organizaciones colegiales, referidas anteriormente, acreditará con efectos en todo el Estado, a los enfermeros para las actuaciones previstas en este artículo”. Además, en su Disposición adicional duodécima De la regulación de la participación de los enfermeros en el ámbito de los medicamentos sujetos a prescripción médica Añade que “El Gobierno regulará la indicación, uso y autorización de dispensación de determinados medicamentos sujetos a prescripción médica, por los enfermeros, en el ámbito de los cuidados tanto generales como especializados y fijará, con la participación de las organizaciones colegiales de enfermeros y de médicos, los criterios generales, requisitos específicos y procedimientos para la acreditación de dichos profesionales, con efectos en todo el territorio del Estado, en las actuaciones previstas en el artículo 77.1». Ahora, tras la publicación en el BOE de la modificación legislativa para su entrada en vigor, se deberá desarrollar normativamente para hacer efectiva la dispensación hospitalaria de las medicinas o para su financiación por el Sistema Nacional de Salud, y serán las comunidades las que deben desarrollar la ley. Por el momento, la facultad de prescripción de los profesionales de Enfermería quedará restringida a las medicinas que no requieren receta médica, los llamados medicamentos de libre venta tales como el ibuprofeno, el paracetamol o el ácido acetilsalicílico, entre otros, así como los productos sanitarios (gasas, vendas, apósitos, etcétera) que estos profesionales utilizan en su práctica diaria. Informe de los resultados de la encuesta "Prescripción de fármacos para enfermería" realizada a petición de CECOVA en Enero-2008: [ Encuesta prescripción enfermera ] Accede al foro de este tema y haz tus comentarios (sólo para usuarios registrados, accediendo a través de su área privada): [ Foro de prescripción enfermera ] Artículos publicados en diarios nacionales o notas emitidas por CECOVA sobre prescripción enfermera: [ El BOE publica la Ley 28/2009, de 30 de diciembre, de modificación de la Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios 31/12/09 ] [ El Pleno del Congreso de los Diputados aprueba la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios 23/12/09 ] [ El Congreso de los Diputados aprueba un cambio de ley para que podólogos y enfermeros prescriban medicamentos 22/12/09 ] [ El CECOVA afirma que la aprobación definitiva de la prescripción enfermera en el Congreso “acaba con la actual inseguridad jurídica y servirá para agilizar la atención sanitaria” 22/12/09 ] [ El Senado da luz verde a que enfermeros y podólogos puedan prescribir medicamentos, no así los fisioterapeutas 18/12/09 ] [ El CECOVA presentará en otoño una propuesta de regulación de la prescripción enfermera en la Comunitat Valenciana basada en los modelos andaluz y catalán 10/08/09 ] [ DECRETO 307/2009, de 21 de julio, por el que se define la actuación de las enfermeras y los enfermeros en el ámbito de la prestación farmacéutica del Sistema Sanitario Público de Andalucía 05/08/09 ] [ Propuesta PSOE Prescripción enfermera 10/03/09 ] [ Propuesta CiU Prescripción enfermera 06/03/09 ] [ Junta Andalucía - Proyecto decreto Prescripción enfermera 09/01/09 ] [ ECODIARIO.ES 03/06/08 ] [ Siglo XXI 27/03/08 ] [ Europa Press 26/02/08 ] [ Valencia hui 24/02/08 ] [ CECOVA 07/02/08 ] [ Diario Información 07/02/08 ] [ El Mundo 05/02/08 ] [ Levante EMV 05/02/08 ] [ Las Provincias 05/02/08 ] [ CECOVA 04/02/08 ] [ Levante EMV 18/01/08 ] [ El Periódico Mediterráneo 17/01/08 ] |














